Arrendador o arrendatario, ¿quién paga la comunidad de propietarios?

Arrendador o arrendatario, ¿quién paga la comunidad de propietarios?

Este tema es muy frecuente entre arrendador y arrendatario, ya que en ocasiones existen conflictos entre ambas partes porque no conocen quién debe asumir los gastos de la comunidad de propietarios en un alquiler. A continuación, te resolvemos todas las dudas sobre este tema.

Los gastos de la comunidad de propietarios

Generalmente, los gastos de la comunidad de propietarios suelen pagarse cada mes, y se destinan sobre todo al mantenimiento de las zonas comunes o al funcionamiento de los suministros.

La cuota que se paga se calcula basándose en el valor de la vivienda o los metros de la que esta dispone.

De forma extraordinaria se encuentran las derramas que también son consideradas como gastos de la comunidad de propietarios.

¿Qué no son gastos de comunidad de propietarios?

Los desperfectos que ocurren dentro de la vivienda, el seguro del hogar o dar de alta los suministros. También la tasa de la basura, las averías dentro de la casa o los gastos que surjan de los aparatos contadores.

Estos gastos no están incluidos como gastos de comunidad y en el contrato se deberá establecer quién será el encargado de hacerse cargo de ellos. Si en el contrato no se especifica nada, será el propietario quien deba asumirlos.

¿Quién paga la comunidad en un alquiler?

Norma general

Como norma general, el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) lo explica de la siguiente forma:

“Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario”.

Pacto en contrario

Las partes sometidas al contrato de alquiler podrán pactar que sea el inquilino el que asuma el pago de los gastos de la comunidad de propietarios.

Este acuerdo dependerá de la voluntad de las partes, ya sea que el inquilino asumirá el gasto, o que ambas partes lo harán al 50%, o en otro porcentaje. Además, se deberá distinguir entre los gastos ordinarios y extraordinarios de la comunidad.

Cuando las partes se someten a un pacto es importante que este sea por escrito y que se señale claramente cuál será el importe anual del gasto. Es fundamental que se cumplan esas dos condiciones ya que, si no se llevan a cabo, eximirían al inquilino de pagar y se podría considerar nulo el acuerdo.

Ahora ya sabes cómo deberías actuar a la hora de alquilar un piso y determinar quién es el responsable de pagar los gastos de la comunidad de propietarios. Si te surgen más preguntas sobre este tema o cualquier otro, ponte en contacto con nosotros y nuestro equipo estará encantado de resolver cualquier duda que le plantees.

 

 

Fuente de las imágenes: 1 y 2

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